domingo, 31 de marzo de 2013

887. Jesús, también dijo: -“Amad a vuestros enemigos”. Pero, amar a nuestros enemigos no es contrario a nuestras inclinaciones naturales? Y, por otra parte, la enemistad no se origina en la ausencia de simpatía entre los Espíritus?



COMENTARIO EXEGÉTICO N° 887.

©Giuseppe Isgró C.


887. Jesús, también dijo: -“Amad a vuestros enemigos”. Pero, amar a nuestros enemigos no es contrario a nuestras inclinaciones naturales? Y, por otra parte, la enemistad no se origina en la ausencia de simpatía entre los Espíritus?
-“Sin duda no se puede tener para nuestros enemigos un amor tierno y apasionado; el Maestro no lo entendía de esta manera.  Amor a los propios enemigos significa perdonarles y devolverle bien por mal. De esta manera, os eleváis. Haciendo lo contrario, implicaría rebajarse”-.

COMENTARIO EXEGÉTICO GIC:

Al ser humano no le está permitido, tanto por la ley divina como por el Derecho Positivo, hacerse justicia por sí mismo.
Devolver bien por mal, permite la recapacitación a la otra parte, quien, oportunamente, se disculpará, compensando, el perjuicio causado. Por la ley divina y por la humana, siempre se es acreedor a la compensación inherente a cada caso.
Al perdonar a quien nos ha ocasionado un perjuicio, de la índole que sea, se deja en libertad a la justicia divina de que efectúe la respectiva compensación. Siempre existe el derecho, también, de intentar las acciones legales a que la Legislación vigente, en cada lugar, permite.
Es una decisión personal de cada quien. Si la persona, reaccionando a nivel personal en contra de la persona que le ha ocasionado un perjuicio, y lo hace de pensamiento, sentimiento, palabra y actos, podría hacerse responsable en relación a la otra parte, de un daño mayor del que ha recibido, en cuyo caso, pasaría a ser, de acreedor, deudor por la diferencia.
Siempre es mejor ser acreedor que deudor, por cuanto, se otorga o se recibe la compensación a que haya lugar, en cada caso particular.

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