viernes, 22 de marzo de 2013

330. Conocen los Espíritus la época en que reencarnarán?



COMENTARIO EXEGÉTICO N° 330

©Giuseppe Isgró C.


330.  -- Conocen los Espíritus la época en que reencarnarán?
“Lo presienten, como el invidente siente el fuego, al cual se acerca. Saben que deben retomar un cuerpo, al igual que vosotros sabéis que un día debéis desencarnar, empero sin conocer cuando eso ocurrirá”-.
-Entonces, la reencarnación es una necesidad de la vida espiritual, como lo es la desencarnación de la vida en la dimensión física?
-“Así es”-.

COMENTARIO EXEGÉTICO GIC:

Realmente, salvo casos particulares y hasta determinado nivel evolutivo, en línea general, el Espíritu -hasta cierto  momento- no puede conocer en forma exacta la fecha en que le tocará efectuar su siguiente reencarnación, por cuanto, deberá coordinar, con antelación, y con las personas involucradas, los detalles inherentes, lo cual puede precisar su tiempo hacerlo.
·        Empero, una vez realizada la programación de objetivos para el siguiente ciclo de vida, bajo el asesoramiento de los propios guías y protectores espirituales, y de los Regidores cósmicos, del mundo de que se trate, el Espíritu conoce con antelación la fecha en que deberá reencarnar, salvo los eventuales ajustes de última hora. Esto es debido a que, el mismo Espíritu, haciendo uso de su libre albedrío, con las limitantes del propio karma y las interrelaciones de las personas involucradas, tiene una parte activa en la elección de las pruebas y de los detalles respectivos.
·        Una vez efectuado el plan, el Espíritu, al igual que todos aquellos que se les interrelacionan, conoce los detalles generales.
·        Podría haber casos en que los guías y protectores sugieran determinados planes los cuales son aceptados por los Espíritus involucrados, por la confianza que les tienen.
·        Aún, en otros casos, los compromisos kármicos son de tal magnitud que la autonomía queda temporalmente inhibida, sin margen de elección, salvo que por el correspondiente orden prioritario en que las deudas kármicas deben ser liberadas. 

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